Rosario, Puebla
Huye de la violencia de su pareja y él gana la custodia del hijo

Por Samantha Páez

Rosario Concepción Mariano Ortega no ha visto a su hijo Kaleb, de ocho años, desde que en junio de 2018 el juez Civil y Penal del Distrito Judicial de Teziutlán, Enrique Romero Razo, ordenó que viviera con su padre, Carlos Armando Mazsorra Bastidas, en Ecuador, a pesar de que ella lo había demandado por violencia familiar.

La abogada del Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría (IDHIE) de la Universidad Iberoamericana de Puebla, María del Rosario Arrambide González, considera que Romero Razo no aplicó una justicia con perspectiva de género ni tomó en cuenta el principio del interés superior de la niñez.

El juez desestimó el dictamen psicológico de Kaleb, en el que se señala que la violencia de la que fue testigo en su hogar afectó su desarrollo psicosocial. Consultada sobre el tema, la psicóloga Zoelia Salinas Solórzano, especialista en abuso sexual infantil, observa también un riesgo para el niño debido a que el padre le mostró videos pornográficos.

El Convenio sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores de La Haya, en el que se basó Romero Razo para su sentencia, emitida con el número 01/2018, establece que la restitución no debe ser inmediata si existe algún peligro para el menor de edad.


Huida de Ecuador

Rosario, de origen mexicano, llegó a vivir a Nueva York en 2010. Ese mismo año conoció a Carlos Armando. La ingeniera informática de 33 años cuenta que se le presentó como el hombre ideal: soltero de 41 años, cariñoso, con una buena situación económica. Estando allá nació Kaleb.

Como Rosario no quería criar a su hijo en un lugar frío y donde la vida era muy difícil por la gran carga de trabajo, decidieron irse en 2012 a Ecuador, país de origen de Carlos Armando, quien se dedica al turismo. Cuando llegaron, él le confesó que estaba divorciándose de su esposa, con la que tenía dos hijos. Rosario decidió seguir con la relación.

Durante los dos años que vivieron juntos en Ecuador, no había día en que Carlos Armando no insultara a Rosario. Le reclamaba por no agradecerle la comida o el techo; le decía que solo él podía quererla así como era de respondona, y la tachaba de inútil.

Rosario Mariano. Relato de violencia

Rosario sufrió violencia sexual y física. Tres veces fue golpeada por Carlos Armando; en la última paliza le rompió una costilla y le dejó la cara llena de moretones. En junio de 2014 buscó ayuda en el Centro de Equidad y Justicia de Los Chillos, en Quito, donde le mandaron hacer un peritaje fotográfico y las autoridades ecuatorianas le advirtieron que, aunque ganara el juicio, lo más probable era que después la deportaran.

Cuando acudió a la embajada mexicana a renovar su pasaporte pidió asesoría. Le informaron que podían darle acompañamiento en el juicio, pero no intervenir de forma directa. Preguntó si podía denunciar a Carlos Armando en México y, cuando le dijeron que sí, ya no dudó: lo convenció para que firmara el permiso de salida de Kaleb con el pretexto de una visita familiar y, en octubre de 2014, regresó a Puebla con su hijo.

Tomó la decisión de irse después de ver a Kaleb jugar con sus muñecos. Representaba una escena familiar: el papá le pegaba a la mamá y luego el hijo aventaba al papá. Supo que el niño sufría por lo que veía en su casa.

Protección judicial

Rosario se fue a vivir con su madre a Xiutetelco, un municipio localizado a unos 20 minutos de Teziutlán, en la sierra Nororiental de Puebla. En ese lugar de abundante vegetación, rodeado de ríos, cubierto de pinos y encinos, intentó rehacer su vida.

Carlos Armando suplicó a Rosario que le permitiera ver a Kaleb, que lo perdonara. Ella pensó que sería bueno para su hijo estar cerca de su padre, aunque ya no fueran pareja. Le dijo cómo encontrarlos. De 2014 a 2016, los visitó al menos tres veces y después se quedó a vivir un tiempo en Teziutlán.

Le pedía a Rosario que regresaran, intentaba convencerla de que iba a cambiar. Pero luego volvía a insultarla y, aunque ya estaban separados, le reclamaba por amantes ficticios. Carlos Armando la seguía al trabajo y luego esperaba parado en una esquina a que terminara su jornada en el Instituto Nacional Electoral para seguirla de nuevo a su casa, todo el tiempo agrediéndola con sus palabras.

Le enviaba decenas de mensajes al día con advertencias en las que, literalmente, escribía: “Sigue así algún día las cosas se van a poner. Feas y va a ser por t”, “Habla infeliz dame una explicación para no hacer lo que voy a hacer”, y “Acuérdate que yo nunca te e amenazado lo que te he dicho que voy a hacer lo cumplo”.

En julio de 2016, Rosario levantó una denuncia por violencia familiar ante la Fiscalía General del Estado (FGE) de Puebla, un delito que es definido por la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia como “el acto abusivo de poder u omisión intencional, dirigido a dominar, someter, controlar, o agredir de manera física, verbal, psicológica, patrimonial, económica y sexual a las mujeres, dentro o fuera del domicilio familiar, cuyo agresor tenga o haya tenido relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato o mantengan o hayan mantenido una relación de hecho”.

En una de sus declaraciones, incluida en la carpeta de investigación 1022/2016/TEZIU/AT/CNPP, Rosario aseguró que Carlos Armando era “una persona muy agresiva”.

“Tengo mucho miedo de que me vuelva a hacer daño”, dijo. “Le he permitido convivir con nuestro hijo, pero aun así, Carlos Armando no deja de agredirme y amenazarme”.

Se ordenó hacer un peritaje psicológico a Rosario. El informe señala que está “nerviosa y ansiosa”, y proyecta hostilidad por las presiones y amenazas que sufre. La decepción y el temor, concluye, le han provocado un estado de ansiedad, y debido a la violencia familiar que padece presenta “alteración emocional”.

En octubre de 2016, la FGE otorgó a Rosario medidas de protección por considerar que Carlos Armando representaba un riesgo inminente contra su seguridad, que incluyeron “la prohibición de realizar conductas de intimidación o molestia a la víctima u ofendido” y a las personas de su entorno. Pero el acoso contra Rosario y su círculo cercano, sus vecinos y compañeros de trabajo, siguió.

El miedo de Kaleb

La investigación por violencia familiar se amplió a Kaleb en noviembre. Una vecina le mostró a Rosario un video, subido por Carlos Armando a un chat de padres de familia, en el que le exigía al niño decir que su madre no le había dado de desayunar. Kaleb se limitaba a mirar el suelo y, aunque su padre le alzaba la voz, no respondía.

El 20 de julio de 2017 se aplicó un peritaje psicológico a Kaleb, que entonces tenía seis años. Se describió como un niño a ratos enojón, “un poquito” inteligente, que no se ponía triste con facilidad y que nunca había pensado en que sería mejor estar muerto. De su padre afirmó que no se llevaban bien porque golpeaba a su mamá, dijo que también a él le pegó una vez y le dejó marcada la cara por tirar una computadora.

Sobre su madre, Kaleb contó que sí se llevaban bien porque ella lo quería, lo abrazaba, le daba de comer, lo ayudaba a hacer la tarea y, si se enfermaba, lo llevaba al doctor o lo cuidaba. Nunca le había pegado ni dicho groserías.

Cuando Kaleb habló de su situación en ese momento, hubo una palabra constante: miedo. Contó que su papá le mostró un video en el que un hombre y una mujer se peleaban, luego ese hombre se bajaba el pantalón y, a continuación, el niño describió una relación sexual. También dijo que lo llevó con unas señoras y allí vieron dos o tres videos similares. Aclaró que nunca habían tocado su cuerpo.

Kaleb reconoció que tenía miedo de que su padre se lo llevara, de que matara a su madre o la mandara a la cárcel, de acuerdo con el peritaje. Si estuviera en el cuarto en ese momento se escondería, afirmó, aunque no había ahí un lugar donde ocultarse. En su casa, cada vez que Carlos Armando lo iba a buscar, se metía debajo de la cama. “Yo solo quiero que mi papá se vaya a su país de Ecuador”, le dijo.

Rosario Mariano El miedo de Kaleb

Cuando la psicóloga le pidió que dibujara, Kaleb trazó una casa con tres puertas y una ventana; un árbol muy antiguo, que imaginó de la época en que había dinosaurios; un joven que esperaba su camión para irse a Mazatlán, y una niña que se raspó la rodilla.

El peritaje psicológico concluye que Kaleb tiene miedo, pesadillas, se come las uñas, es irritable, manifiesta sentimientos depresivos, ansiedad, tensión, descontento, tristeza, sentimiento de inferioridad y falta de interés social. Determina que tiene una afectación asociada a niños que son víctimas de violencia familiar, y necesita atención psicológica a mediano plazo.

Rosario, para alejarse de Carlos Armando, se fue a vivir a Poza Rica, Veracruz, a más de tres horas de viaje y 160 kilómetros de distancia.

Sentencia parcial

Cuando descubrió que Rosario se había marchado, Carlos Armando denunció a El Diario de Teziutlán que había secuestrado a su hijo, que era trabajadora sexual y que vivían con alguien acusado de violar a menores de edad, lo que provocó la activación de una falsa Alerta Amber.

Rosario y Kaleb regresaron a Teziutlán. Al poco tiempo, en diciembre de 2017, Carlos Armando fue deportado debido a su situación migratoria irregular en México.

Pero la paz duró poco. En febrero de 2018, el juez Romero Razo dio entrada a un procedimiento por restitución internacional promovido por Carlos Armando, quien declaró en la Autoridad Central del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos de Ecuador que Rosario había sustraído a Kaleb, por lo que solicitaba que lo regresaran a ese país.

El juez fijó el día y la hora para desahogar la audiencia, en la que Rosario presentó copias certificadas del peritaje psicológico de Kaleb, la denuncia contra Carlos Armando por violencia familiar, y una demanda por la guardia y custodia de su hijo iniciada en Poza Rica, junto con copias de todos los mensajes amenazantes que le envió su expareja.

En el juicio se dio voz a Carlos Armando. Aseguró que la “sustracción” de Kaleb por Rosario ocurrió en octubre de 2014 —cuando viajaron a México—, que lo retuvo sin su consentimiento, que el menor fue encontrado en el abandono en marzo de 2016, y que lo volvió a sustraer en diciembre de ese mismo año. Pero no presentó pruebas documentales.

El juez resolvió el 11 de junio de 2018 que la restitución era procedente porque Carlos Armando tenía los derechos de custodia derivados de la patria potestad. Determinó que Rosario retuvo ilícitamente a Kaleb y que en un plazo de diez días debía ejecutarse la sentencia.

Para su resolución, Romero Razo se basó en el Convenio sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, firmado en La Haya en 1980, que tiene como objetivo proteger al menor “de los efectos perjudiciales que podría ocasionarle un traslado o una retención ilícita”, y garantizar su restitución al país en el que tenga su residencia habitual.

La abogada Arrambide González considera que no se cumplieron los requisitos establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para aplicar el convenio: una interpretación que considere las excepciones de la restitución internacional, esto es, si ha pasado más de un año desde la sustracción y si hay riesgo para el menor; una interpretación más amplia que garantice la protección de Rosario, tomando como base la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), y la inaplicación de la norma cuando las alternativas anteriores no son posibles.

El juez citó el peritaje de Kaleb, pero interpretó que no existía riesgo para su bienestar y desarrollo psicológico. Desestimó igualmente el resto de las pruebas documentales que presentó Rosario.

Kaleb fue trasladado por orden del juez a la Casa de la Niñez Poblana, en San Andrés Cholula, a 163 kilómetros de Teziutlán. Rosario vio dos veces a su hijo antes de que se lo llevaran a Ecuador. Desde agosto ni siquiera ha podido hablar con él por teléfono.

Violencia institucional

Para la abogada del IDHIE, la sentencia del juez carece de perspectiva de género, ya que no reconoció la violencia familiar que sufrieron Rosario y Kaleb, no tomó en cuenta las relaciones desiguales de poder que existían en la pareja y no hizo un análisis de contexto del caso.

Considera que el juez revictimizó a Rosario e incurrió en violencia institucional al invisibilizar las agresiones que sufrió durante los siete años que mantuvo relación con Carlos Armando y negarle el derecho a la justicia.

María del Rosario Arrambide González, Abogada
De acuerdo con Arrambide González, tampoco aplicó el principio pro persona que se establece en el “Protocolo para juzgar con perspectiva de género” emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ya que en su sentencia no reconoce para Rosario y Kaleb el derecho de familia y a la integridad personal.

El juez hizo una interpretación “a modo” del convenio de La Haya para favorecer a Carlos Armando, señala la abogada, puesto que no existía el delito de sustracción, ya que durante ese periodo el padre vivió un tiempo en la misma casa que Kaleb. Desestimó de igual forma, agrega, la excepción del riesgo, a pesar de las actitudes con connotación sexual que tuvo Carlos Armando con su hijo al mostrarle videos pornográficos.

Salinas Solórzano, especialista en abuso sexual, considera que no se debió pasar por alto ese hecho, puesto que sí existía un riesgo para Kaleb, debido a que exponer a un niño de cinco años a material pornográfico se podría considerar abuso sexual, de acuerdo con la definición de interacción abusiva del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef, por sus siglas en inglés).

Un niño de entre cinco y seis años está descubriendo su cuerpo y reconociendo la diferencia entre los cuerpos de otras personas como parte de su desarrollo sexual, explica. El material pornográfico, advierte, le podría generar un trastorno emocional, una hipersexualización o que intentara realizar juegos sexuales similares a la cópula.

Arrambide González subraya que, por sentencias de este tipo, las mujeres no creen en las autoridades y se alejan del sistema judicial, lo que perpetúa la impunidad. Por ello sería importante, dice, que desde el Poder Judicial se reforzaran las acciones para incorporar la perspectiva de género a la justicia, a través de capacitaciones constantes a las y los juzgadores, y a secretarias y secretarios proyectistas y de acuerdos, enfocadas en la práctica más que en la teoría.

De acuerdo con datos de transparencia del Poder Judicial de Puebla e información proporcionada por su área de Comunicación Social, de 2013 a agosto de 2019 se realizaron 17 capacitaciones en perspectiva de género en las que participaron 2,061 trabajadores de diferentes juzgados. No se tiene el dato desagregado por género y función del personal capacitado.

Rosario Mariano Sin justicia

Lo cierto es que la justicia no ha llegado para mujeres como Rosario. “A este punto yo ya dejé de luchar”, dice, “porque en 2016 puse una denuncia por violencia familiar, pasaron dos años y medio hasta que se llevaron a mi hijo y las autoridades nunca hicieron nada. Estaban todas las pruebas y aun así le dieron la razón a este señor”.